Trámites a realizar tras el fallecimiento de un familiar

A pesar de que un fallecimiento siempre es un momento complicado, cuando se trata de un familiar, es fundamental tener en cuenta todas las gestiones a realizar. Por esta razón, en este artículo vamos a explicar cuáles son los trámites que se deben realizar cuando fallece un familiar

Trámites a realizar tras el fallecimiento de un familiar

Podemos ayudarle

Somos abogados especialistas en herencias en Murcia. Si necesita un despacho con amplia experiencia en la materia, contacte con nosotros e infórmese sin compromiso.

Contacte con nosotros

Solicitar el certificado de defunción

Si el familiar ha fallecido en un hospital, este deberá expedir el correspondiente certificado médico de defunción, que tendrá que presentarse en un plazo de 24 horas desde el momento del fallecimiento en el Registro Civil del domicilio del fallecido (se puede hacer en días inhábiles, porque se considera urgente).

Se trata de un documento oficial timbrado del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos, que suelen facilitar las propias funerarias.

En el momento en que se ha realizado la inscripción del fallecimiento, se expide la licencia para el enterramiento. Si el fallecido tenía contratada una aseguradora, esta se encargará de gestionarlo.

Obtener el Certificado de Actos de Última Voluntad

Una vez que han transcurrido 15 días hábiles desde el fallecimiento, ya se puede pedir el Certificado de Actos de Última Voluntad. A través de este documento se comprueba si el fallecido había otorgado testamento o no.

El Certificado de Actos de Última Voluntad se puede solicitar online, o bien de manera presencial o por correo postal. Para esto último hay que rellenar el modelo oficial, disponible en las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia y en la Oficina Central de Atención al Ciudadano, que se encuentra en Madrid.

Para solicitarlo hay que aportar el certificado de defunción y el justificante de pago de la tasa (en una entidad colaboradora con la Agencia Tributaria).

En caso de que hiciera testamento, en este certificado aparecerá el nombre del notario autorizante. Si no otorgó testamento, los herederos forzosos tendrán que tramitar la declaración de herederos abintestato.

Por otra parte, en el propio modelo oficial para solicitar el Certificado de Actos de Última Voluntad se puede pedir el certificado de contratos de seguros de cobertura por fallecimiento, para saber si el fallecido había contratado algún seguro de vida o de accidentes.

Comunicación del fallecimiento en la Seguridad Social

Si el fallecido era pensionista, en un plazo de 30 días se debe comunicar su fallecimiento a la Seguridad Social. Este trámite se puede hacer por Internet, o bien personalmente en los centros de atención de la Seguridad Social (CAISS), solicitando cita previa.

Liquidación de impuestos

En un plazo de 6 meses a partir del momento del fallecimiento hay que liquidar el Impuesto sobre Sucesiones. Los herederos legales tienen que presentarlo obligatoriamente, aun cuando el fallecido no dejara ningún bien ni derecho que heredar. Las personas que hayan recibido algún legado también tendrán que liquidar este impuesto.

Por otra parte, quienes hayan heredado o sean legatarios de algún bien inmueble tendrán que liquidar el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (la llamada plusvalía municipal).

Aceptación o renuncia a la herencia

Los herederos tienen derecho a deliberar sobre la aceptación de la herencia, previa formación de inventario. Además pueden aceptar la herencia pura y simplemente, hacerlo a beneficio de inventario o rechazarla. A los legatarios no se les exige que acepten expresamente su legado, aunque pueden renunciar al mismo.

La aceptación de la herencia se puede hacer en documento privado, si bien en algunos casos es aconsejable hacerlo en escritura pública, por lo que es importante consultar este aspecto con abogados expertos en sucesiones.

Le llamamos gratis

    Al contactarnos acepta que tratemos sus datos según nuestras Condiciones de Uso y Privacidad. Más informaciónLos recogemos para responder su consulta, siendo la base legal nuestro interés legítimo en atender y responder a nuestros usuarios. No compartiremos sus datos con terceros, salvo obligación legal. Puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión y oposición, entre otros, según nuestras Condiciones de Uso y Privacidad.

    ¿Por qué debería elegirnos?
    Rápida respuesta Rápida respuesta
    Atención personalizada Atención personalizada
    Facilidades de pago Facilidades de pago
    Expertos en Herencias Expertos en Herencias
    ¿Dónde encontrarnos?
    C/ Portillo de San Antonio Nº6 8ºA 30005 Murcia, Región de Murcia
    Teléfono 968 73 35 10