La falta de una planificación adecuada puede dar lugar a conflictos, incluso entre familiares cercanos, cuando llega el momento de distribuir el patrimonio. Por ello, a continuación analizamos cómo repartir una herencia por partes iguales.
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Contacte con nosotrosFormas de garantizar la igualdad en el reparto
El titular de los bienes dispone de diferentes mecanismos para organizar la distribución equitativa de su herencia. Fundamentalmente, puede optar por dos vías:
Establecer el reparto en el testamento
El testador puede indicar expresamente en su testamento que desea que sus bienes se repartan por igual entre sus herederos. No obstante, si entre ellos se encuentran herederos forzosos, es imprescindible contar con el asesoramiento adecuado para evitar desequilibrios que infrinjan sus derechos legitimarios. De no hacerlo, el testamento puede ser impugnado.
Anticipar la distribución en vida
También es posible realizar una atribución anticipada de bienes, distribuyéndolos directamente en vida entre quienes serán sus herederos. Esta alternativa puede ejecutarse mediante diferentes fórmulas, como las siguientes:
- Transferir la titularidad de determinados bienes a los hijos o herederos reservándose el testador el usufructo vitalicio, lo que le permite seguir disfrutando de los mismos hasta su fallecimiento.
- Realizar donaciones parciales, por ejemplo, transmitiendo inmuebles a los hijos, salvo la vivienda habitual, cuya adjudicación podría diferirse al testamento, asegurando así un reparto equilibrado.
¿Qué opciones hay si el testador no hace un reparto de bienes pero nombra a sus herederos por igual?
Cuando una persona fallece habiendo otorgado testamento en el que se limita a designar a sus herederos por partes iguales, sin concretar el modo de repartir los bienes, serán estos quienes deberán efectuar esa distribución una vez se haya producido la apertura de la sucesión.
En aquellos casos en los que el caudal hereditario está compuesto únicamente por dinero, la distribución es muy simple: cada heredero recibirá un porcentaje idéntico del total disponible. Sin embargo, lo habitual es que la herencia incluya inmuebles e incluso otros bienes indivisibles, como vehículos, lo que complica el reparto material.
Ante la existencia de bienes de este tipo, los herederos disponen de las siguientes vías para dar cumplimiento a la voluntad del causante:
Copropiedad hereditaria (proindiviso)
Una opción común es adjudicar los bienes indivisibles a todos los herederos de forma conjunta, en proporción a sus respectivas cuotas hereditarias. Por ejemplo, si el patrimonio incluye un inmueble, este puede inscribirse a nombre de todos los herederos como copropietarios por partes iguales. Posteriormente, podrán decidir entre conservarlo y explotarlo (por ejemplo, mediante arrendamiento) o bien venderlo y repartirse el importe obtenido.
División hereditaria con formación de lotes
Otra posibilidad consiste en promover formalmente la partición de la herencia, ya sea de forma amistosa o, en caso de desacuerdo, mediante la vía judicial. Este proceso suele desarrollarse en varias fases:
- Inventario: se identifican todos los bienes, derechos, deudas y cargas del causante.
- Valoración: se asigna un valor económico a cada uno de los elementos inventariados.
- Liquidación: se calcula el patrimonio neto hereditario, restando el pasivo del activo.
- Formación de lotes: se agrupan los bienes en bloques equivalentes, intentando lograr una distribución equitativa.
- Adjudicación: los lotes pueden asignarse por acuerdo entre los herederos o, en defecto de pacto, mediante sorteo.
Este procedimiento permite materializar el reparto en igualdad de condiciones, respetando las cuotas de cada heredero sin necesidad de mantener la copropiedad indefinidamente.

