Derechos hereditarios de las parejas de hecho en la Región de Murcia

Hay muchas dudas con respecto a los derechos hereditarios y la herencia legítima en el caso de las parejas de hecho. ¿Se regulan de la misma forma que los matrimonios? Hablamos sobre ello y sobre lo que ocurre, en concreto, en Murcia, a continuación.

Herencia de parejas de hecho en Murcia

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La figura legal de la pareja de hecho

Se entiende por pareja de hecho aquella unión conformada por dos personas con carácter estable. A primera vista, puede parecer muy similar a lo que conlleva el matrimonio. No obstante, hay algunas diferencias que es necesario valorar.

Lo primero que hay que tener en cuenta es que, a diferencia del matrimonio (que se encuentra regulado por el Código Civil), las parejas de hecho no cuentan con una legislación específica a nivel nacional. 

Por lo tanto, hay que atender a lo que establece cada Comunidad Autónoma al respecto para saber qué derechos y obligaciones tienen las parejas de hecho en el contexto de las herencias.

Las parejas de hecho en Murcia

En la Región de Murcia las parejas de hecho sí tienen una ley específica, que se aprobó en julio del año 2018. Es la denominada Ley de Parejas de Hecho de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, que buscaba adaptarse a los nuevos modelos de sociedad, tal y como se señala en el propio preámbulo.

En el texto legal se detallan algunos puntos relevantes, como la inscripción de la pareja de hecho, su extinción y algunos de sus derechos y beneficios.

Por ejemplo, estos son los requisitos para poder inscribirse como pareja de hecho:

  1. Ser mayores de edad o emancipados.
  2. No estar previamente casados ni registrados como pareja de hecho con otra persona.
  3. Sin relación de parentesco de hasta tercer grado.
  4. No estar incapacitado.
  5. Que al menos uno de los dos miembros esté empadronado y viva en la Región de Murcia.
  6. Expresar, por parte de los dos, la voluntad inequívoca de convertirse en pareja de hecho.
  7. Estar inscritos como tal en el Registro de Parejas de Hecho.

Y estas son las causas de extinción de una pareja de hecho en Murcia:

  • Fallecimiento de uno de los dos.
  • Acuerdo entre ambos.
  • Decisión unilateral de uno de los, siempre que lo comunique expresamente.
  • Separación de hecho durante más de seis meses.
  • Que uno de los dos contraiga matrimonio con otra persona.
  • Que se comunique la extinción, por parte de uno o ambos miembros de la pareja de hecho, al Registro.

Sin embargo, nada se indica en la relativamente nueva ley sobre los derechos hereditarios en la Región de Murcia.

¿Qué derechos hereditarios tienen las parejas de hecho en Murcia?

Como no existe referencia a las herencias en los casos de parejas de hecho en Murcia, podemos determinar que, efectivamente, estas no cuentan con ningún derecho hereditario.

¿Qué quiere decir esto? Que, en caso de que fallezca uno de los miembros de la pareja de hecho, al otro no le corresponderá nada de manera forzosa.

Por lo tanto, lo mejor, si se pretende proteger los derechos de la pareja de hecho, es redactar un testamento, dejando por escrito la cantidad que se desea dejar a la otra parte.

No obstante, habrá que respetar los derechos de los herederos forzosos, que son:

  • Los hijos y demás descendientes.
  • Los progenitores y demás ascendientes.

Salvo las cuotas reservadas a estos, el resto del caudal hereditario se podrá reservar para la pareja de hecho, siempre y cuando así se señale debidamente en el testamento.

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