¿Se puede cambiar un testamento con un poder notarial?

Con el paso de los años, es habitual que las circunstancias personales cambien: nacen nuevos hijos o nietos, se rompen relaciones familiares o se adquieren nuevos bienes. En esos casos, muchas personas se plantean modificar su testamento, pero a veces no pueden o prefieren no acudir personalmente a una notaría, por distintas razones.

Cambiar testamento poder notarial

Y entonces surge la duda: ¿podría otra persona hacerlo por mí con un poder notarial? La respuesta está en cómo la ley entiende el acto de testar.

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¿Se puede cambiar un testamento mediante un poder notarial?

No, no es posible cambiar un testamento por medio de un poder notarial. El Código Civil lo prohíbe expresamente en su artículo 670, al establecer que “El testamento es un acto personalísimo: no podrá dejarse su formación, en todo ni en parte, al arbitrio de un tercero, ni hacerse por medio de comisario o mandatario”.

Esto significa que solo el propio testador puede manifestar su voluntad sobre cómo se repartirán sus bienes cuando falte. Nadie puede sustituirle, ni siquiera con una autorización firmada ante notario, porque el testamento es una declaración que debe salir directamente de la persona, sin intermediarios.

El poder notarial permite delegar muchas gestiones (como vender una propiedad o firmar un contrato), pero no aquellas decisiones que la ley considera estrictamente personales. Entre ellas, modificar un testamento.

Entonces, ¿cómo se puede cambiar un testamento?

La única manera de modificar un testamento es otorgar uno nuevo. Cada vez que una persona hace un nuevo testamento válido, el anterior queda automáticamente revocado. No hay límite en el número de veces que se puede hacer: el testador puede cambiar de voluntad cuantas veces quiera, siempre que conserve su capacidad para ello.

Si el testador no puede desplazarse por su estado de salud o avanzada edad, el notario puede acudir al domicilio, hospital o residencia donde se encuentre, comprobando que mantiene la capacidad necesaria y que la decisión es libre. En tal caso, Ese nuevo testamento tendrá plena validez y sustituirá al anterior.

Existen, además, otras formas menos habituales de testar, como son el testamento cerrado, que se entrega al notario en sobre sellado, o el ológrafo, que redacta y firma el propio testador de su puño y letra.

Por otro lado, si una persona ya no tiene capacidad para comprender y decidir por sí misma, ya no podrá cambiar su testamento, y nadie podrá hacerlo en su lugar. En ese caso, seguirá vigente el último testamento válido que haya otorgado.

En definitiva, no se puede cambiar un testamento con un poder notarial, pero sí se puede hacer personalmente en cualquier momento, siempre que se conserve la capacidad necesaria. Por eso conviene revisar las disposiciones testamentarias cada cierto tiempo y actualizarlas cuando cambien las circunstancias, para evitar conflictos futuros entre los herederos.

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